Cálculo de bonificación anual para trabajadores del sector público y privado (bono 14)

La bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, conocida comúnmente como bono 14, consiste en una prestación laboral obligatoria para todo patrono, tanto del sector privado como del sector público, que consiste en el pago a sus trabajadores de una bonificación anual equivalente a un salario o sueldo ordinario que devengue el trabajador. Esta prestación es adicional e independiente al aguinaldo. 


La bonificación anual está regulada en la LEY DE BONIFICACIÓN ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, decreto 42-92 y será equivalente al cien por ciento (100%) del salario o sueldo ordinario devengado por el trabajador en un mes, para los trabajadores que hubieren laborado al servicio del patrono, durante un año ininterrumpido y anterior a la fecha de pago. Si la duración de la relación laboral fuere menor de un año, la prestación será proporcional al tiempo laborado.

La parte conducente del artículo 2 de la ley citada indica que para determinar el monto de la prestación, se tomará como base el promedio de los sueldos o salarios ordinarios devengados por el trabajador en el año el cual termina en el mes de junio de cada año.
La bonificación deberá pagarse durante la primera quincena del mes de julio de cada año. Si la relación laboral terminare, por cualquier causa, el patrono deberá pagar al trabajador la parte proporcional correspondiente al tiempo corrido entre el uno de julio inmediato anterior y la fecha de terminación.

Ahora bien, el problema que se nos presenta es ¿Cuanto debo de pagar líquido al trabajador correspondiente a su bono 14?

La regla indica que para determinar el monto de la prestación, se tomará como base el promedio de los sueldos o salarios ordinarios devengados por el trabajador en el año el cual termina en el mes de junio de cada año. 
El bono 14 se calcula tomando en cuenta lo siguiente:
1. No se toma en cuenta impuesto sobre la renta y horas extras.
2. Cuando el trabajador no ha cumplido un año de trabajo, contado de julio del año anterior a junio del presente año, se hace el pago proporcional, para ello se paga proporcionalmente al tiempo trabajado. 
3. La bonificación incentivo si se suma al monto para calcular la prestación.

Para calcular el bono 14 proporcional aplique la siguiente fórmula
salario ordinario mensual+bonificación incentivo   días trabajados / 365 días de un año 

Como último comentario, cuando se pague a los trabajadores el bono 14 asegúrese que firmen la constancia de pago, ya que generalmente luego del 15 de julio la inspección general de trabajo efectúa inspecciones de empresas para verificar si se ha pagado esta prestación.

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